Sentencias y Resoluciones

Sentencia de la Sala Contencioso Administrativo, sección segunda, del Tribunal Supremo de 4 de enero de 2013.

Sentencia de la Sala Contencioso Administrativo, sección segunda, del Tribunal Supremo de 4 de enero  de 2013.


 Tasa por prestación de servicio de gestión de residuos urbanos. Cálculo de la cuota tributaria. Confirmación de la sentencia de instancia que realiza dicho cálculo en función del valor catastral de los inmuebles.

 La Corporación municipal ha buscado un parámetro que pueda atribuir a cada titular de un bien inmueble una cuantía de generación de residuos; de esta forma la “capacidad económica” medida por la titularidad de bienes inmuebles del sujeto pasivo no es la que genera la tasa, sino la extensión del bien, lo que no infringe el principio de igualdad. No es posible una medición del aprovechamiento individualizado, al tratarse de una tasa compleja y aleatoria. Tampoco es motivo de oposición el hecho de pago distinto de la tasa por dos contribuyentes que posean bienes inmuebles de igual extensión pero de más valor uno que otro; aunque se diera esa desigualdad, desde un plano teórico y de los cálculos estadísticos que sirven de base a la tasa, siempre podría afirmarse que el titular del bien de menos valor genera menos residuos que quien los genera desde un inmueble de más valor. La tasa cuestionada no excede del importe del servicio, y no se ha demostrado que el límite máximo de 190 euros para las viviendas y 25.000 euros para las actividades económicas sea erróneo o arbitrario.

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