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El TC concluye que el desarrollo legislativo del control financiero de los entes locales por el Estado no impide el ejercicio de las competencias autonómicas en materia de régimen local y control financiero.

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha desestimado el conflicto positivo de competencias promovido por el Gobierno de Canarias contra el artículo 1.2 del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno de las entidades del Sector Público Local. La sentencia razona que dicho precepto, al establecer una referencia a determinadas fuentes aplicables al control interno de las entidades locales, “no hace otra cosa que cumplir con su función de desarrollo reglamentario de la normativa estatal, precisando que este carácter no es obstáculo a la aplicación de las normas pertinentes cualquiera que sea su rango y el ámbito de su competencia”.



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