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Proyecto de Ley Orgánica de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

La Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados ha aprobado el texto del proyecto de Ley Orgánica de Protección de datos, entre cuyas novedades destaca la inclusión de un nuevo Título X bajo la denominación de “Garantía de los derechos digitales” para regular los derechos de los ciudadanos en la era digital, por lo que el proyecto de Ley orgánica pasa a denominarse Proyecto de Ley Orgánica de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

Entre las medidas que afectan especialmente a las Administraciones Públicas destaca la ahora Disposición Adicional 7ª, cuya redacción, durante la tramitación del proyecto ha ido evolucionando (en negrita lo nuevo):

“Disposición adicional séptima (antes novena). Identificación de los interesados en las notificaciones por medio de anuncios y publicaciones de actos administrativos.

1 (nuevo). Cuando sea necesaria la publicación de un acto administrativo que contuviese datos personales del afectado, se identificará al mismo mediante su nombre y apellidos, añadiendo cuatro cifras numéricas aleatorias del documento nacional de identidad, número de identidad de extranjero, pasaporte o documento equivalente. Cuando la publicación se refiera a una pluralidad de afectados estas cifras aleatorias deberán alternarse.

 Cuando se trate de la notificación por medio de anuncios, particularmente en los supuestos a los que se refiere el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se identificará al afectado exclusivamente mediante el número completo de su documento nacional de identidad, número de identidad de extranjero, pasaporte o documento equivalente.

 Cuando el afectado careciera de cualquiera de los documentos mencionados en los dos párrafos anteriores, se identificará al afectado únicamente mediante su nombre y apellidos. En ningún caso debe publicarse el nombre y apellidos de manera conjunta con el número completo del documento nacional de identidad, número de identidad de extranjero, pasaporte o documento equivalente.

 2 (nuevo). A fin de prevenir riesgos para víctimas de violencia de género, el Gobierno impulsará la elaboración de un protocolo de colaboración que defina procedimientos seguros de publicación y notificación de actos administrativos, con la participación de los órganos con competencia en la materia.”

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