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Resolución de 11 de septiembre de 2014, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 3 de junio de 2009, sobre asistencia a los obligados tributarios y ciudadanos en su identificación telemática ante las entidades colaboradoras con ocasión de la tramitación de procedimientos tributarios y, en particular, para el pago de deudas por el sistema de cargo en cuenta o mediante la utilización de tarjetas de crédito o débito.

Resolución de 11 de septiembre de 2014, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 3 de junio de 2009, sobre asistencia a los obligados tributarios y ciudadanos en su identificación telemática ante las entidades colaboradoras con ocasión de la tramitación de procedimientos tributarios y, en particular, para el pago de deudas por el sistema de cargo en cuenta o mediante la utilización de tarjetas de crédito o débito.



Mediante la misma se adapta la Resolución de 3 de junio de 2009 de la Dirección General de la AEAT, a los cambios introducidos por la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago, en lo relativo al sistema de codificación de las cuentas bancarias que deben identificarse mediante el código IBAN, resultando obligatoria la utilización de este nuevo identificador desde el mes de febrero de 2014.


Por otra parte, y con el fin de continuar con la tendencia de reducir los requisitos técnicos necesarios para la realización de trámites telemáticos con la AEAT así como para el acceso a su Sede Electrónica, se modifican otros aspectos relacionados fundamentalmente con los procedimientos de firma electrónica de las operaciones (para el pago mediante cargo en cuenta y el pago mediante tarjeta).


 

 

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