Sentencias y Resoluciones

Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central, Vocalía 2ª, de 12 de enero de 2017, nº: 00738/2013/00/00

CADUCIDAD DEL PROCEDIMIENTO. En el caso de que quede sin efecto una propuesta de sanción, por haber ordenado el Inspector Jefe que se completasen las actuaciones inspectoras documentadas en el acta que contiene la propuesta de liquidación de la que deriva la propuesta de sanción y cuando se incoa nueva acta, iniciándose un nuevo procedimiento sancionador, la duración de éste se cuenta desde su inicio real (la notificación de la propuesta dejada sin efecto) y no desde que se le notifique la nueva propuesta de sanción derivada de la nueva propuesta de liquidación que haga el actuario.

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