Sentencias y Resoluciones

Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª, del Tribunal Supremo de 26 de junio de 2018, Recurso 1689/2017. Ponente: Jesus Cudero Blas

IBI. Exención prevista en el artículo 62.1.a) de la Ley de Haciendas Locales en favor de los inmuebles directamente afectos a los servicios educativos. La exención no resulta aplicable a bienes inmuebles en los que se ubican hospitales o centros sanitarios públicos en los que, conforme a la legislación aplicable, se prestan servicios docentes (de pregrado, postgrado o de educación continuada en relación con los profesionales), pues no puede considerarse que tales centros estén directamente afectos, como exige la norma, a los servicios educativos. 

La cuestión fue admitida por Auto del Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, de 12 julio de 2017, recurso 1689/2017. Ponente: Manuel Vicente Garzón Herrero.

La cuestión que presentaba INTERES CASACIONAL OBJETIVO para la formación de la jurisprudencia consistía en dilucidar si la exención del artículo 62.1.a) TRLHL a favor de bienes inmuebles directamente afectos a servicios educativos se aplica a un hospital universitario en el que, por imperativo legal, se imparte, también y simultáneamente a los servicios hospitalarios, los de enseñanza en cumplimiento de diversos conciertos celebrados con una Universidad.

Finalmente el Tribunal Supremo declara que: “La respuesta debe ser negativa, conforme a lo que hemos razonado, pues la circunstancia de prestarse servicios educativos en tales centros no implica una "afectación directa" a dicha función en los términos exigidos por el precepto que se interpreta, ni podría conciliarse el mismo -de admitirse la tesis contraria- con la exención (condicionada a la preceptiva decisión municipal) establecida en el artículo 62.3 del texto refundido aplicable.”

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